Puntos Importantes de la Resolución Miscelánea Fiscal 2022

Puntos Importantes de la Resolución Miscelánea Fiscal 2022. En 2022 cambiara la facturación electrónica, por lo que es importante conocer lo más destacado de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF.

Recuerda que la intención de estas reglas no es para obligaciones, más bien, estas son creadas para generar facilidades y para indicarnos como realizar actividades fiscales correctamente.

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En caso de desconocer alguna terminología al leer la RMF, en la primera hoja del documento podremos encontrar un glosario que nos desglosa cada abreviación.

Puntos Importantes de la Resolución Miscelánea Fiscal 2022

El primer punto a destacar es la regla 2.7.1.29. Requisitos en la expedición de CFDI. A partir del 1 de enero de 2022 entró en vigor el CFDI 4.0. Sin embargo, hasta el 31 de marzo estará en convivencia con el CFDI 3.3. Siendo el 1 de abril el uso obligatorio únicamente del CFDI 4.0.

Algunos de los cambios agregados al CFDI son:

  • Domicilio fiscal del emisor y el receptor.
  • El uso fiscal que el receptor le dará al comprobante.
  • Posibilidad de relacionar más de un CFDI en los comprobantes relacionados.
  • Cancelación de facturas, especificando el motivo para ello.

Regla 2.7.1.32. Expedición de CFDI por pagos realizados. En el cual nos dice que en caso de que el pago no sea en una sola expedición, se deberá realizar un CFDI por el monto total de la operación en el momento en que realice y posteriormente, se deberá expedir un CFDI por cada pago realizado con el complemento de pago. Si bien, este punto no es nuevo, anteriormente el CFDI con “Complemento para recepción de pagos” podría ser emitido a más tardar al decimo día natural del mes inmediato siguiente al que corresponda el pago, pero a partir de este año, solo tendrás hasta el quinto día natural del mes.

Regla 2.7.1.35. Cancelación de CFDI sin aceptación del receptor. Esta regla nos indica que únicamente podremos cancelar sin aceptación del receptor, comprobantes que no sobrepasen los mil pesos y la cancelación debe estar dentro del día hábil siguiente de su expedición.

Regla 2.7.1.39. Opción para que en el CFDI se establezca como método de pago “Pago en una sola exhibición” (PUE). Esta opción se podrá usar siempre y cuando, el monto total que ampare el comprobante se reciba a más tardar el último día del mes de calendario en el cual se expidió el CFDI.

Regla 2.7.7.12. Tramos de jurisdicción federal para el traslado de bienes y/o mercancías a través de autotransporte. Esta regla beneficiará a muchos contribuyentes, ya que, si se realiza el transporte de bienes o mercancías a través de un autotransporte mediante vehículos ligeros de carga con características menores a un camión C2 y no exceda de 30 kilómetros, se entenderá que no transita por tramos de jurisdicción federal.

Regla 2.8.1.17. Facilidad para los contribuyentes personas físicas. Nos dice que las personas físicas que tributen en actividad empresarial, profesional o arrendamiento, cuyos ingresos no excedan de 4millones de pesos, quedan relevados de cumplir con las siguientes obligaciones:

  •  Enviar la contabilidad electrónica e ingresar de forma mensual su información contable en términos de lo señalado en el artículo 28 del CFF.
  • Presentar la Información de Operaciones con Terceros (DIOT) a que se refiere el artículo 32, fracción VIII de la Ley del IVA.

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