Conoce los cambios que trajo la Tercera Resolución de Modificaciones a la RMF2016 y sus anexos 1, 1-A,3,11,14,15,23 y 25-Bis. A su publicación el día de hoy, 14 de julio en el Diario Oficial de la Federación.
Esta actualización señala como fecha de entrada en vigor el próximo 15 de agosto, salvo por algunos transitorios. En la cual se da a conocer:
(2.5.17.) Cambio de domicilio fiscal, Ciudad de México.
(2.7.1.7.) Requisitos de las representaciones impresas del CFDI.
(2.7.1.9.) CFDI que podrá acompañar el transporte de mercancías.
(2.7.1.32.) Cumplimiento de requisitos en la expedición de CFDI.
(2.7.1.35.) Expedición de CFDI por pagos realizados.
(2.7.2.8.) Obligaciones y requisitos de los proveedores de certificación de CFDI
(2.7.2.11.) Amonestaciones a los proveedores de certificación de CFDI.
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Para saber más visita el siguiente enlace:
Link DOF: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5444642&fecha=14/07/2016