Finalmente después de varias prorrogas el nuevo Procedimiento de Cancelación de CFDI entró en vigor el 1 de Julio de 2018 . Recuerda que el SAT estableció que este procedimiento se implementara como consecuencia de la detección de cancelación unilateral de los CFDI con diversas finalidades por parte de algunos contribuyentes con efectos fiscales no deseados para el receptor de la factura.
Nuevo Procedimiento de Cancelación de CFDI – 1 de Julio de 2018
El SAT ha especificado en la reforma RMF el nuevo proceso en la cual se debe solicitar la cancelación de un CFDI y no la cancelación directa. Esto se hará con el objetivo de evitar escenarios en donde se cancele la factura sin notificarle el receptor.
Procedimiento de Cancelación
Para realizar una cancelación de CFDI, el emisor deberá enviar una solicitud de cancelación al receptor mediante el buzón tributario. Es de suma importancia como receptor tener de alta el Buzón Tributario, ya que la solicitud de cancelación de CFDI se te hará llegar por ese medio y podrás aceptar o rechazar dicha solicitud. Se le otorgaran 72 horas para responder a la solicitud y en caso de no recibir respuesta, la solicitud será considerara como aceptada.
Cuando no Requiere Autorización para proceder con la Cancelación de CFDI
El SAT ha especificado algunos casos en los cual no se requiere de una autorización previa para poder cancelar un CFDI.
- Cancelación por Concepto de Nomina
- Cancelación por Concepto de Egresos
- Cancelación por Concepto de ingresos Expedidos a Contribuyentes de RIF
- CFDI que ampare ingresos por un monto de hasta cinco mil pesos ($5’000)
- CFDI que ampare retenciones e información de pagos
- CFDI emitido a residentes en el extranjero para efectos fiscales a la regla 2.7.1.26.
- Si la Cancelación se realiza antes de cumplir 72 horas de haber sido expedida
- Cancelación por Concepto de Traslado
Ten presente todo lo antes mencionado para poder realizar tus cancelaciones sin complicaciones y poder acoplarte a este nuevo procedimiento de manera sencilla.
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